Concesiones de aguas subterráneas para riego de cultivos leñosos

Concesiones de aguas subterráneas para riego de cultivos leñosos

Concesiones de aguas subterráneas para riego de cultivos leñosos 3La Comunidad de Usuarios del Acuífero 23 de Herencia, ha repartido recientemente un comunicada en el cual se realiza un Resumen de la Resolución de 28.07.2008 del Consorcio para la gestión del PEAG, D.O.C.M nº 179, con el objetivo de informar sobre el proceso de concesión de aguas subterráneas para riego de cultivos leñosos.

El mismo dice así:

OBJETO:

Realización de un concurso para la concesión de aguas subterráneas para riego de cultivos leñosos, a explotaciones ubicadas dentro de los perímetros de los Acuíferos declarados sobreexplotados de La Mancha Occidental, al amparo de la cesión de hasta 40 hm3 anuales por parte de la Confederación Hidrográfica del Guadiana a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha. Las Concesiones a otorgar serán por una dotación de 700 m3/ha. y un volumen máximo por explotación de 7.000 m3/año.

BENEFICIARIOS/AS:

Titulares de explotaciones agrarias situadas dentro del perímetro del Acuífero de La Mancha Occidental.

REQUISITOS DE LAS EXPLOTACIONES:

  1. Acreditar fehacientemente que la superficie solicitada estaba dedicada al regadío antes del 24 de enero de 2008.
  2. Que el destino de los derechos concesionales de aguas subterráneas sea exclusivo para el riego de cultivos leñosos.
  3. El beneficiario deberá colocar un caudalímetro adecuado, según las condiciones que fije la Confederación Hidrográfica del Guadiana, en un plazo máximo de 30 días desde el momento en que el Consorcio haya informado favorablemente la solicitud.

DURACIÓN DE LAS CONCESIONES:

El plazo máximo de concesión será coincidente con el del PEAG, por lo que la pérdida de vigencia de éste supondrá la revisión de las concesiones otorgadas.

SOLICITUDES Y PLAZO DE PRESENTACIÓN:

Las solicitudes para acogerse a este concurso se formularán en el modelo del anexo I publicado en la convocatoria, acompañadas de la documentación requerida, pudiendo presentar solamente una solicitud por beneficiario y explotación agraria.

De esta forma y aunque el plazo máximo para presentar las solicitudes finalizaba el próximo 31 de OCTUBRE de 2008, el mismo tal y como solicitó COAG-Iniciativa Rural, ha sido ampliado, siendo ampliado en 15 días por lo que la fecha límite para presentar las solicitudes será el 15 de NOVIEMBRE.

DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR:

  • Solicitud según modelo Anexo I de la convocatoria firmada y debidamente cumplimentada, autorizando al Consorcio a recabar de las distintas Administraciones competentes la información requerida.
  • D.N.I o C.I.F. del solicitante o del representante en caso de ser persona jurídica, junto con documento acreditativo de la representación.
  • Escritura de constitución, en caso de persona jurídica.
  • Acreditación de la superficie regada.
  • Documentación acreditativa de la condición de propietario de la finca, consistente en Certificación del Registro de la Propiedad.
  • En su caso, acreditación de derechos de uso de agua.

Para consultar la versión completa de la Resolución de 28.07.2008 del Consorcio para la gestión del PEAG, D.O.C.M nº 179, pinchar en el siguiente enlace:

resolucion-28-07-08-del-consorcio-para-la-gestios-peag-docm-179

Fuente e Información:

Comunidad de Usuarios del Acuífero 23 de Herencia. C/ Nuestra Señora de la Merced,5 13.640 HERENCIA. Telf. y Fas.: 926573673 E-mail: cregher @ eresmas.com web: www.acuifero23.com


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