Ya puedes solicitar el voto por correo para las elecciones generales

votacion en elecciones generales herencia

Tenemos un año de elecciones en España, empezando por las elecciones generales para las que puedes solicitar tu voto por correo en cualquier oficina de Correos con tu DNI, pasaporte o el permiso de conducir, siempre originales.

El pasado 15 de febrero se anunció la convocatoria de elecciones generales para el próximo 28 de abril, por lo que ya está confirmado que podemos solicitar el voto por correo desde el pasado día 5 de marzo.

La Ley Orgánica de Régimen Electoral General define un plazo desde la fecha de convocatoria hasta el décimo día anterior a la votación.

Una vez que solicites tu voto por correo con la documentación necesaria para ejercer este derecho recibirás un sobre con las instrucciones correspondientes y las papeletas que deberás recibir entre el 8 y 21 de abril.

Para enviar tu votación a las elecciones generales por correo tendrás que enviarlo antes del tercer día previo a la celebración de los comicios, en este caso antes del 24 de abril. Desde cualquier oficina de Correo el voto será enviado por correo certificado y urgente, totalmente gratis para el votante, y dirigido a la mesa electoral correspondiente junto con el certificado de inscripción del censo electoral.

Si no vas ha poder acudir personalmente a realizar estos trámites en las oficinas de Correos, por enfermedad o incapacidad, podrás igualmente solicitar el voto por correo acreditando debidamente la situación mediante un certificado médico oficial, que se incluirá junto al impreso de solicitud de voto. El trámite podrá ser realizado por una persona autorizada de forma notarial.

Desde el extranjero

El voto desde fuera de España para el día de las elecciones también lo pueden solicitar tanto las personas que residen en el extranjero como quienes ese día no vayan a estar en España por otras circunstancias. Ambos pueden ejercer su derecho al voto, aunque a través de procesos diferentes.

Scroll al inicio