Cómo tramitar una herencia

¿Debes tramitar una herencia y no sabes ni por dónde empezar? No te preocupes, es muy normal. Vamos a empezar por el principio. Comenzaré aclarando qué es eso de la declaración de herederos y cómo funciona el derecho de sucesiones. Intentaré explicarlo de forma sencilla.

En resumidas cuentas, para que los familiares de una persona que ha fallecido sin gestionar su testamento perciban su herencia, han de firmar una declaración de herederos. Esta declaración certifica y protege los intereses de los herederos y garantiza un buen traspaso de los bienes. Se debe tramitar por medio de un notario, excepto en un caso que veremos más tarde.

¿Y cómo funciona el derecho de sucesiones? Vamos a poner los casos por orden de prioridad:

  • Si el difunto tiene hijos o descendencia, ellos serán los beneficiarios.
  • Si el anterior caso no se cumple, los beneficiarios serán los familiares ascendentes. Es decir, padre, madre, abuelos…
  • Si los anteriores casos no se cumplen, el beneficiario será el cónyuge.
  • Si los anteriores casos no se cumplen, la herencia pasaría a hermanos y sobrinos. Este trámite debe gestionarlo el juzgado.

¿Cuánto cuesta?

La pregunta de cuanto cuesta una escritura de herencia es muy recurrente y hay mucha confusión en torno a ella. Por lo general no se trata de un proceso muy caro.

El precio de una escritura de herencia ronda los 200€ y los 300€. Pero este precio puede variar en función del número de herederos a percibir los bienes y demás factores. Aún así, lo ideal es dejarse aconsejar por profesionales del sector, como por ejemplo eFuneraria. eFuneraria es un portal que te mantendrá al tanto sobre trámites legales sobre defunciones, seguros de decesos y más temas relacionados con funerarias.

¿Cómo hacerlo?

Para gestionar una declaración de herederos, el que se cree beneficiario de la herencia debe recurrir o a un notario. Para ello tiene que acudir a uno que esté dentro de la localidad donde vivía el difunto.

Los documentos necesarios para el trámite son:

  • DNI del difunto
  • Certificado de defunción del fallecido
  • Libro de familia

El beneficiario debe ir acompañado de dos testigos y tiene que pagar las correspondientes tasas del acta. Por lo general, en unos 20 días hábiles debe estar resuelto el proceso.

¿Y si no eres ni descendiente, ni familiar ascendente, ni cónyuge?

El último caso descrito en el derecho de sucesiones contempla que un familiar no directo pueda beneficiarse de una herencia, pero para ello debe hacerlo por la vía judicial. Para ello se necesitarían estos documentos:

  • Certificado de últimas voluntades del fallecido
  • Certificado de empadronamiento del fallecido
  • Certificado de defunción del fallecido

El supuesto beneficiario debe ir acompañado de dos testigos que prueben conocer a los familiares del difunto, y tiene que pagar las correspondientes tasas. Lógicamente puedes hacerte con los servicios de un abogado para que te ayude a resolver todo este trámite y formalizarlo todo. En unos ocho meses aproximadamente debe estar resuelto el proceso.

Espero haber proporcionado algo de luz en este tema tan confuso y tan delicado. Si tienes alguna duda, dínoslo en la caja de comentarios.

 

 

 

 

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