Muchos inmigrantes también podrán votar en las próximas elecciones de mayo de 2011

Muchos inmigrantes también podrán votar en las próximas elecciones de mayo de 2011

Muchos inmigrantes también podrán votar en las próximas elecciones de mayo de 2011 3El 15 de enero se acaba el plazo de inscripción para los inmigrantes que quieran votar en las elecciones municipales de mayo. Vía y toda la información en: periodismohumano.com

Las asociaciones de inmigrantes se esfuerzan estos días en recordar que el plazo para inscribirse en el censo electoral se agota el 15 de enero y los extranjeros que no estén apuntados no podrán ejercer su derecho al voto en las elecciones municipales del 22 de mayo de 2011. Ese día, los procedentes de Ecuador, Colombia, Chile, Bolivia, Perú, Paraguay, Islandia y Nueva Zelanda podrán acudir a las urnas, si cumplen los requisitos, gracias a los convenios de reciprocidad que el Gobierno ha alcanzado con sus países de origen (es decir, ellos votan aquí y los españoles que residen en esos países pueden hacerlo allí). Hasta ahora, en España solo tenían reconocido este derecho los ciudadanos de la Unión Europea y Noruega.

En total, son 350 mil personas que votan por primera vez, a los que hay que sumar el millón 700 mil de la UE y los 380 mil que han obtenido la nacionalidad española desde las últimas elecciones municipales. Aún así, esa cifra (350 mil) solo representa el 16 por ciento de los inmigrantes que podrían votar. En países como Marruecos, Brasil, México o la República Dominicana (con altos porcentaje, la ley prohíbe a los extranjeros ejercer el voto y eso hace imposible que haya acuerdo con España.

A pesar de que las asociaciones de inmigrantes y las asociaciones que les asesoran han aplaudido esta ampliación, siguen pidiendo que este derecho se reconozca a todos los extranjeros. La plataforma Tod@s Iguales, Tod@s Ciudadan@s asegura que es de una “dificultad extrema” que España firme tratados con todos los países de las personas que no forman parte de la Unión Europea. “La exigencia de reciprocidad imposibilita suscribir tratados con aquellos países que no reconozcan estos derechos a los españoles; bien porque no tienen regímenes democráticos que cumplan los estándares internacionales mínimos o cumpliéndolos no reconozcan estos derechos a extranjeros”, aseguran las asociaciones en el manifiesto de la campaña “Aquí vivo, aquí voto”. Por ello piden que se supriman los acuerdos de reciprocidad y se acorte camino reformando el artículo 13.2 de la Constitución. “Debe bastar con la residencia estable en España de la persona extracomunitaria para votar y presentarse como candidato en las elecciones municipales (la residencia estable debería ser considerada como tal con un plazo temporal muy inferior a los 5 años contemplados en los últimos tratados)”.

El derecho a voto solo se ha reconocido para las elecciones municipales. Los extranjeros, ya sean de países de dentro o de fuera de la Unión Europea, siguen sin poder votar en las elecciones nacionales y regionales. “Reclamamos que los residentes extranjeros en España puedan votar y presentarse como candidatos/as en las elecciones que se celebran en el país donde viven, ya que consideramos que posibilitar el ejercicio de los derechos políticos a estos/as ciudadanos/as es un elemento clave para la aspiración”. Dicen que se trata “de una exigencia de justicia social, como contraprestación al hecho de estar sujetos a las mismas normas de convivencia y deberes legales, tributarios… que sus conciudadanos que disfrutan de una ciudadanía plena”.
Requisitos para los extranjeros extracomunitarios que quieran votar

Proceder de Ecuador, Colombia, Chile, Bolivia, Perú, Paraguay, Islandia, Nueva Zelanda o Noruega

  • Tener más de 18 años.
  • Tener el permiso de residencia en España.
  • 5 años de residencia permanente en España (3 años en el caso de Noruega).
  • Estar empadronado.
  • Inscribirse en el censo electoral.

Requisitos para los extranjeros de la UE

  • Estar empadronado (antes del 31 de diciembre).
  • Inscribirse en el censo electoral.

Vía: periodismohumano.com

Más información en: www.apdha.org

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