Abierto plazo para adjudicación de limpieza Escuela Infantil y más

Abierto plazo para adjudicación de limpieza Escuela Infantil y más

Escuela Infantil de Herencia
Sala de exposiciones Agustín Úbeda
Sala de exposiciones Agustín Úbeda en Herencia (Ciudad Real)

Desde el consistorio municipal se abre el plazo para la adjudicación del contrato de Limpieza del Centro de Formación, Escuela Infantil, Teleclub, Sala de Exposiciones Agustín Úbeda y Aseos del Recinto Ferial. El plazo es de 10 días naturales.

Podéis acceder al pliego de condiciones en PDF o bien leerlo a continuación.

PLIEGO DE CLÁUSULAS ADMINISTRATIVAS PARTICULARES SERVICIO DE LIMPIEZA

DEPENDENCIAS MUNICIPALES: CENTRO DE FORMACIÓN Y EMPLEO, ESCUELA INFANTIL, TELECLUB, SALA DE EXPOSICIONES AGUSTÍN ÚBEDA y ASEOS RECINTO FERIAL.

CLÁUSULA PRIMERA. Objeto del Contrato

1. OBJETO DEL CONTRATO.

Es objeto del contrato de servicio la limpieza de las siguientes dependencias municipales:

1. Centro de Formación y Empleo.

  • Incluyendo todo el edificio, oficinas, zonas de acceso, aulas, sala de informática, despachos de la agencia de desarrollo y entrada.
  • El objeto de la limpieza será: suelos, cristales, puertas y cualquier elemento mobiliario o de decoración que se encuentre en las dependencias.
  • La periodicidad será la siguiente: todos los días de lunes a viernes 4 horas.
  • Se realizará diariamente las siguientes tareas: barrido y fregado de suelos, limpieza de polvo inmobiliario y equipos, limpieza de WC y lavabos, limpieza y desinfección de teléfonos, reposición y suministro de jabón, papel higiénico y papel seca manos, vaciado de papeleras y ceniceros exteriores, limpieza y desinfección de los baños.
  • Una vez a la semana se realizarán las siguientes tareas: limpieza con spray de suelos, fregado de todas las estancias municipales con agua y lejía o similar, limpieza de estanterías y puertas, limpieza en profundidad de baños con agentes desincrustantes y antical.
  • Mensualmente se realizarán las siguientes tareas: limpieza de cristales del edificio por fuera y por dentro, de cuadros y objetos decorativos y azulejos en baños.
  • Semestralmente limpieza de techos.

Anualmente se realizarán las siguientes tareas: traslado de cortinas y alfombras a la tintorería, así como cualquier otro elemento que se disponga.

Asimismo en función del uso de las dependencias municipales se realizará la limpieza de las mismas según sus necesidades y con la periodicidad que sea precisa. Así mismo, se contempla alguna limpieza adicional si la hubiera, por cursos en horario de tarde ó fines de semana.

2. Escuela Infantil.

Incluyendo Edificio, zonas de acceso, patio interior, baños, aulas, y las demás que se incluyan en el edificio.

La periodicidad y las condiciones serán a razón de 4 horas diarias de Lunes a Viernes, en coordinación con la persona de limpieza contratada por el Ayuntamiento, que tiene unas condiciones a razón de 5 horas diarias de L a V.

  • Limpieza interior de los armarios de aulas semanalmente.
  • Limpieza a fondo del mobiliario: pupitres, sillas, pizarras, radiadores, etc. semanalmente.
  • Limpieza general de la escuela infantil en la primera quincena de septiembre, y en su caso, la limpieza de la pintura que corresponda.
  • Limpieza de los alrededores de acceso a la escuela infantil. semanalmente.
  • Limpieza de la zona de juegos y recreo interior, al menos dos veces en semana.
  • Limpieza de cristales del edificio al menos una vez al mes.

3. Teleclub.

Incluyendo todas las dependencias y elementos, como aulas, despachos, pasillos, puerta de entrada, mobiliario, ordenadores, cristales, radiadores, paredes, etc.

La periodicidad será de tres horas a la semana .

4. Sala de exposiciones.

Incluyendo las dos plantas del edificio con las condiciones señaladas para la Casa de Cultura atendiendo al uso de la misma con la periodicidad de 12 limpiezas al año completas y según su uso.

En caso de no llegar a las 12 exposiciones al año se traducirá en la limpieza extra donde el Ayuntamiento designe.

5. Aseos del Recinto Ferial.

Limpieza en las mismas condiciones establecidas en los apartados anteriores, tanto los aseos de señoras como de caballeros en los días en que esté abierto según las especificaciones del Ayuntamiento debiendo encargarse la empresa adjudicataria de la apertura y cierre de los mismos.

Durante la celebración de la Feria y Fiestas y del Carnaval, será obligatoria la limpieza diaria de los aseos.

CLÁUSULA SEGUNDA. Procedimiento y Forma de Adjudicación

La forma de adjudicación del contrato del servicio de limpieza de instalaciones municipales será el procedimiento: Negociado sin publicidad, en el que la adjudicación recaerá en el candidato justificadamente elegido por el órgano de contratación, tras efectuar consultas con diversos candidatos y negociar las condiciones del contrato con uno o varios de ellos, de acuerdo con el artículo 169.1 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre. No será necesario dar publicidad al procedimiento, asegurándose la concurrencia, es decir, será necesario solicitar ofertas, al menos, a tres empresarios capacitados para la realización del objeto del contrato, siempre que ello sea posible.

CLÁUSULA TERCERA. El Perfil de Contratante

Con el fin de asegurar la transparencia y el acceso público a la información relativa a su actividad contractual. y sin perjuicio de la utilización de otros medios de publicidad, este Ayuntamiento cuenta con el Perfil de Contratante al que se tendrá acceso según las especificaciones que se regulan en la página web siguiente: www.herencia.es

CLAUSULA CUARTA. Importe del Contrato

El importe del presente contrato asciende a la cuantía de 16.500 euros, al que se adicionará el Impuesto sobre el Valor Añadido por valor de 3.465 euros, lo que supone un total de 19.965 euros. El valor estimado del contrato asciende a la cuantía de 66.000 euros (IVA excluido). teniendo en cuenta las posibles prórrogas y modificaciones del mismo.

El importe se abonará con cargo a la aplicación presupuestaria correspondiente del vigente Presupuesto Municipal de 2016; existiendo crédito suficiente hasta el importe aprobado por el Ayuntamiento, quedando acreditada la plena disponibilidad de las aportaciones que permiten financiar el contrato.

CLÁUSULA QUINTA. Duración del Contrato

La duración del contrato de servicio será de dos años, pudiendo prorrogarse por el Ayuntamiento por plazo de dos años. No pudiendo tener un plazo de vigencia superior a cuatro años.

CLÁUSULA SEXTA. Acreditación de la Aptitud para Contratar

Podrán presentar ofertas las personas naturales o jurídicas, españolas o extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en prohibiciones de contratar, y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.

1. La capacidad de obrar de los empresarios se acreditará:

a) La capacidad de obrar de los empresarios que fueren personas jurídicas, mediante la escritura o documento de constitución, los estatutos o el acto fundacional, en los que consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate.

b) La capacidad de obrar de los empresarios no españoles que sean nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, por su inscripción en el registro procedente de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado, en los términos que se establezcan reglamentariamente, de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación.

c) Los demás empresarios extranjeros, con informe de la Misión Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa.

2. La prueba por parte de los empresarios de la no concurrencia de alguna de las prohibiciones de contratar del artículo 60 del Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, podrá realizarse:

a) Mediante testimonio judicial o certificación administrativa, según los casos, y cuando dicho documento no pueda ser expedido por la autoridad competente, podrá ser sustituido por una declaración responsable otorgada ante una autoridad administrativa, notario público u organismo profesional cualificado.

b) Cuando se trate de empresas de Estados miembros de la Unión Europea y esta posibilidad esté prevista en la legislación del Estado respectivo, podrá también sustituirse por una declaración responsable, otorgada ante una autoridad judicial.

3. La solvencia del empresario:

La solvencia económica y financiera del empresario deberá acreditarse por cualquiera de los medios siguientes:

a) Volumen anual de negocios, o bien volumen anual de negocios en el ámbito al que se refiera el contrato, por importe igualo superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.

b) En los casos en que resulte apropiado, justificante de la existencia de un seguro de indemnización por riesgos profesionales por importe igual o superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.

c) Patrimonio neto, o bien ratio entre activos y pasivos, al cierre del último ejercicio económico para el que esté vencida la obligación de aprobación de cuentas anuales por importe igualo superior al exigido en el anuncio de licitación o en la invitación a participar en el procedimiento y en los pliegos del contrato o, en su defecto, al establecido reglamentariamente.

Como medio adicional a los previstos en las letras anteriores, el órgano de contratación podrá exigir que el periodo medio de pago a proveedores del empresario, siempre que se trate de una sociedad que no pueda presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, no supere el límite que a estos efectos se establezca por Orden del Ministro de Hacienda y Administraciones Públicas teniendo en cuenta la normativa sobre morosidad.

3.2. En los contratos de servicios, la solvencia técnica o profesional de los empresarios deberá apreciarse teniendo en cuenta sus conocimientos técnicos, eficacia, experiencia y fiabilidad, lo que deberá acreditarse, por cualquiera de los medios siguientes:

a) Una relación de los principales servicios o trabajos realizados en los últimos cinco años que incluya importe, fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos.

Los servicios o trabajos efectuados se acreditarán mediante certificados expedidos o visados por el órgano competente, cuando el destinatario sea una entidad del sector público; cuando el destinatario sea un sujeto privado, mediante un certificado expedido por éste o, a falta de este certificado, mediante una declaración del empresario; en su caso, estos certificados serán comunicados directamente al órgano de contratación por la autoridad competente.

b) Indicación del personal técnico o de las unidades técnicas, integradas o no en la empresa, participantes en el contrato, especialmente aquéllos encargados del control de calidad.

c) Descripción de las instalaciones técnicas, de las medidas empleadas por el empresario para garantizar la calidad.

d) Las titulaciones académicas y profesionales del empresario y del personal directivo de la empresa y, en particular, del personal responsable de la ejecución del contrato.

e) Declaración indicando la maquinaria, material y equipo técnico del que se dispondrá para la ejecución de los trabajos o prestaciones, a la que se adjuntará la documentación areditativa pertinente.

CLAÚSULA SÉPTIMA. Presentación de ofertas y Documentación Administrativa

Las ofertas se presentarán en el Ayuntamiento C/ Lope de Vega, nº 31, en horario de atención al público, en el plazo que se indique en la invitación a participar.

Las ofertas podrán presentarse, por correo, por telefax, o por medios electrónicos, informáticos o telemáticos, en cualquiera de los lugares establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.

Cuando las ofertas se envíen por correo, el empresario deberá justificar la fecha de imposición del envío en la oficina de Correos y anunciar al órgano de contratación la remisión de la oferta mediante télex, fax o telegrama en el mismo día, consignándose el número del expediente, título completo del objeto del contrato y nombre del candidato.

La acreditación de la recepción del referido télex, fax o telegrama se efectuará mediante diligencia extendida en el mismo por el Secretario municipal. Sin la concurrencia de ambos requisitos, no será admitida la proposición si es recibida por el órgano de contratación con posterioridad a la fecha de terminación del plazo señalado en el anuncio de licitación. En todo caso, transcurridos diez días siguientes a esa fecha sin que se haya recibido la documentación, esta no será admitida.

Los medios electrónicos, informáticos y telemáticos utilizables deberán cumplir, además, los requisitos establecidos en la Disposición Adicional Decimosexta del Texto Refundido de la Ley de Contratos aprobado por Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

Cada candidato no podrá presentar más de una oferta [sin perjuicio de los establecido en los artículos 147 y 148 del Texto Refundido de la Ley de Contratos aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre]. Tampoco podrá suscribir ninguna oferta en unión temporal con otros si lo ha hecho individualmente o figurara en más de una unión temporal. La infracción de estas normas dará lugar a la no admisión de todas las solicitudes por él suscritas.

La presentación de una oferta supone la aceptación incondicionada por el empresario de las cláusulas del presente Pliego. Las ofertas para tomar parte en la negociación se presentarán en dos sobres cerrados, firmados por los candidatos y con indicación del domicilio a efectos de notificaciones, en los que se hará constar la denominación del sobre y la leyenda «Oferta para negociar la contratación del Servicio de Limpieza de Instalaciones municipales: Centro de Formación y Empleo, Escuela Infantil, Teleclub, Sala de Exposiciones Agustín Úbea y Aseos Recinto Ferial.

– Sobre «A»: Documentación Administrativa.
– Sobre «B»: Oferta Económica y Documentación.

Los documentos a incluir en cada sobre deberán ser originales o copias autentificadas. conforme a la Legislación en vigor.

Puedes leer el pliego de condiciones en PDF completo.

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