Modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa del cementerio

Modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa del cementerio

Nichos en cementerio de Herencia (Ciudad Real)
Nichos en cementerio de Herencia (Ciudad Real)

Aprobación definitiva de modificación de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa del cementerio

Reproducimos el texto aparecido en el Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real, en relación a dicha modificación.

Al no haberse presentado reclamaciones durante el plazo de exposición al público, queda automáticamente elevado a definitivo el acuerdo plenario provisional del Ayuntamiento de Herencia, adoptado en sesión celebrada en fecha 4 de noviembre de 2016, sobre modificación de la Ordenanza Fiscal Reguladora de la Tasa del Cementerio, modificando los epígrafes números 1 y 6 del artículo 6, cuyo texto íntegro se hace público en cumplimiento del artículo 17.4 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

“Artículo 6:
– Epígrafe 1: Concesiones de terrenos para construcción de panteones:
1.- Panteones en Paseo Central: 235 euros/metro cuadrado.
-Toda clase de sepulturas o nichos, que por cualquier causa queden vacantes, revierte a favor del Ayuntamiento.
– El derecho que se adquiere mediante el pago de la tarifa, correspondiente a sepulturas o nichos de los llamados perpetuos o en propiedad no es el de la propiedad física del terreno, sino el de conservación a perpetuidad de los restos en dichos espacios inhumanos.
– Epígrafe 6:
– La cuota para la concesión de nichos propiedad o construidas por el Ayuntamiento queda fijada en 485,45 euros/unidad.
– La cuota para la concesión de columbarios construidos por el Ayuntamiento queda fijada en 360 euros/unidad”.

Contra el presente acuerdo, conforme al artículo 19 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, se podrá interponer por los interesados recurso contencioso administrativo, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial de la Provincia, ante el Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha.
En Herencia a 28 de diciembre de 2016.- El Alcalde, Sergio García-Navas Corrales.
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