Herencia entre las zonas sobreexplotadas del acuífero 23

Herencia entre las zonas sobreexplotadas del acuífero 23

Mapa del Acuífero 23

La ampliación de la declaración de sobreexplotación del acuífero de La Mancha Occidental, que fue aprobada hace unos meses tras la resolución adoptada por la junta de gobierno de la Confederación Hidrográfica del Guadiana (CHG), entró el pasado sábado, 11 de Octubre en vigor.

Mapa del Acuífero 23
Mapa del Acuífero 23

El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) público el pasado viernes esta resolución que incluye la catalogación de sobreexplotación de nuevas zonas, que incluyen municipios ciudarrealeños como Campo de Criptana, Alcázar de San Juan, Herencia, Puerto Lápice, Malagón, Carrión y Bolaños.

Según la información del DOCM, para justificar la procedencia de la ampliación del acuífero sobreexplotado, se ha recabado un informe del Instituto Geológico y Minero de España. Éste concluye que, a la fecha actual, la divisoria de las aguas subterráneas se puede considerar como una banda, que puede llegar a tener algún kilómetro de anchura, variable en función de las condiciones climáticas y principalmente de las explotaciones de aguas subterráneas.

Su trazado físico difiere dependiendo de la época en que se realiza el estudio, de los puntos de medición piezométrica seleccionados, del control sobre el acuífero que capta cada punto y desde luego de la disponibilidad o no de nivelación topográfica de precisión de dichos puntos.

En todo caso, con la información disponible se determina que la intensa explotación a que está sometida desde los años setenta del siglo pasado la U.H. 04.04, Mancha Occidental -y especialmente el acuífero jurásico en el sector objeto del informe- ha provocado que el proceso natural de desplazamiento hacia el oeste de la divisoria de aguas subterráneas se incremente.

Así, está afectando a la recarga del conjunto de la Unidad, debido al descenso del potencial hidráulico en el referido acuífero jurásico, lo que justificaría esta ampliación.
Otro informe de los servicios técnicos de la Comisaría de Aguas de la CHG concluyó que también justifica esta medida al considerar a la zona de ampliación como incursa en los supuestos que se establecen en el reglamento del dominio público hidráulico para considerar sus recursos hídricos sobreexplotados.

Con esta resolución se da por concluido el proceso de información pública al que ha sido sometido este acuerdo, que agota la vía administrativa y contra el que ahora sólo se podrá interponer un recurso contencioso-administrativo ante el Tribunal Superior de Justicia de Extremadura o del mismo orden jurisdiccional en cuya circunscripción tenga su domicilio el interesado, en el plazo de dos meses.

Fuente: Diario Lanza. [Aníbal B. C. / ]  [Ciudad Real]

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