Casos, cosas y requisitorias

Casos, cosas y requisitorias

Artículo de Ángel Martín-Fontecha Guijarro.

A lo largo de mis investigaciones sobre la historia de Herencia, en numerosas ocasiones he publicado anécdotas sobre la vida cotidiana de herencianos y los sucesos que les sucedieron. Son pequeñas dosis de esa historia de andar por casa que si bien no vemos publicados en los grandes estudios que conforman la Historia “con mayúscula” si ponen de manifiesto los aconteceres de una convivencia entre vecinos y que, en su momento, debieron marcar los hábitos vitales de sus protagonistas.

Cuántos sucesos pasados quedarían en el recuerdo popular, durante algún tiempo, como simples chismes o habladurías y muchos de ellos no traspasarían los límites del conocimiento familiar, de la calle y el barrio o, a lo sumo, del discernimiento de todo el pueblo. Son menos los que trascendieron de las fronteras locales y llegaron a tomar cuerpo en diferentes documentos históricos de las épocas más remotas o en las publicaciones de la prensa regional en el último siglo y medio.

De todos estos sucesos rememoro los siguientes, ya tratados en estudios anteriores: La muerte del herenciano Bartolomé Cuevas en un naufragio en 1631, los problemas con la mayordomía de la Hermandad de “La Labradora” en 1713, el pleito por la compra de unas telas en Guadalupe en 1722, los desacuerdos por el arreglo de algunas calles en 1771, la campaña popular contra el alcalde en 1775, el último caso de Inquisición en 1785 de la herenciana Isabel García “La Burraca”, el matrimonio del Conde de las Cabezuelas en la localidad en 1823, el hallazgo de un particular tesoro en 1850, el nombramiento del primer senador herenciano en 1872, y, por desgracia, numerosos hechos luctuosos como las muertes en accidente de carro de Ángel Sánchez en 1923 o Felíx Moreno-Palancas en 1929,  la muerte de Cristóbal Fernández-Cañadas en la cantera de yeso en 1948, o el terrible accidente de tren en Madrid con la muerte de cuatro jóvenes herencianos en 1956. También otros más lúdicos como el paso por primera vez por nuestra localidad, en 1969, de la Vuelta Ciclista a España.

A continuación se muestran brevemente una decena de circunstancias cuyos personajes fueron herencianos y cuya incidencia fue publicada en la prensa de la época, pudiendo hoy consultarla gracias al Aula Virtual de Castilla La Mancha.

I

El primer documento data del 31 de enero de 1874, es un expediente de lesiones que tiene como protagonista al joven Vicente Gómez Flores (realmente, como consta en su partida de nacimiento, Lucas Vicente Gómez-Calcerrada Díaz-Flores), hijo de los herencianos Pantaleón y Victoriana, que con 26 años era vecino de la localidad jienense de Linares, donde trabajaba como minero. Desde la también localidad de Baeza, cabeza del partido judicial de aquella comarca, el juez Juan José Rodríguez le da un plazo de treinta días para que preste declaración sobre las lesiones que el herenciano y otro joven habían provocado a Mariano Sedeito. Obviamente el juez le avisa que si no acude a este llamamiento sería declarado en rebeldía.

Curioso es que aunque los acontecimientos suceden en la región andaluza, desde allí se remite este requerimiento para que se le dé la necesaria difusión a través del Boletín Oficial de la Provincia. Evidentemente la localización del joven no fue sencilla para la justicia andaluza.

Casos, cosas y requisitorias 11 Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real, nº 129, de 16/02/1874, pág. 8.

II

En esta ocasión tenemos un comunicado que el  7 de Abril de 1890 envía el que hacía las funciones de reportero local Juan Alfonso Montesal Director del Eco de Daimiel “por si gusta hacerlo público en su ilustrado periódico”.

En dicho escrito el corresponsal informa del intento de robo de la caja de los fondos municipales existente en el edificio del ayuntamiento. En concreto comunica como el pasado 27 de marzo unos ladrones penetraron a la Casa Consistorial a través de “una escuela púbica contigua”. El intento de robo fue un fracaso pues la escalera por la que tenían que descender tras  horadar el techo de la escuela y con la que acceder a la habitación en la que se hallaba la caja, donde se guardaban los fondos, se rompió “casi del todo en su parte más consistente”.  Por este motivo los ladrones hubieron de abandonar el lugar dejando allí las herramientas que llevaban, entre las que destacaban unas barrenas que, según los .peritos judiciales que las reconocieron, eran de una perfección extraordinaria, “siendo punto menos que imposible construirlas de igual manera”.Al día en el que se publicó la noticia no se conocía el paradero de los ladrones fugados.

Casos, cosas y requisitorias 12 Fuente: “El Eco de Daimiel”, nº 411; de 9/04/1890, pág. 3.

III

La mayoría de los documentos que aparecen en este estudio son los llamados “Requisitorias”que obligaba a presentarse ante la administración correspondiente a las personas que se indicaban “bajo apercibimiento de ser declarados rebeldes y de incurrir en las demás responsabilidades legales”;encargándose á todas las autoridades y agentes de la policía ¡udicial a proceder a la busca, captura y conducción de los requeridos. Así se indicaba en la Ley de Enjuiciamiento Criminal, en el Código de Justicia Militar y en la Ley de Enjuiciamiento Militar de Marina.

Y como muestra esta requisitoria breve por un “delito”muy curioso:

Se trata del proceso por el que el herenciano Jesús Baillo Tajuelo(según su partida de nacimiento Vicente Jesús Fernández-Baillo Tajuelo), hijo de Hilario y de Segunda, de profesión forjador mecánico, de 36 años, procesado por “viajar sin billete en ferrocarril”, debía comparecer en el término de diez días ante el señor Juez de Instrucción de Puerto de Santa María (Cádiz).

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real, nº 42, de 2/04/1913, pág. 8.

IV

Ya entrado el siglo XX, en 1916, nos encontramos con el caso del herenciano Amalio Román García-Escribano(según su partida de nacimiento Amalio Román García-Navas García-Escribano), de 54 años, hijo de Sebastián y Águeda, que en marzo de ese año  estaba viviendo en la localidad de Malagón, casado y de profesión sillero (dedicado a fabricar y vender sillas) y, como dice la noticia “sin instrucción”, y que es requerido para que comparezca ante este juzgado en el plazo de diez días para ser conducido á la Alcaldía de Porzuna para cumplir una pena de once días de arresto menor y el pago de la indemnización a la que fue condenado por la Audiencia de Ciudad-Real, por una la falta de lesiones, según la sentencia dictada en Marzo de 1914 (dos años antes).

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real, nº 36, de 22/03/1916, pág. 8.

V

Otras veces la requisitoria se debía al incumplimiento de algún joven con su compromiso miliar. Es el caso del herenciano José Sánchez-Aguilera Merino, hijo de Benigno y de Eugenia,  soltero, de profesión escribiente (que era el empleado de una oficina que se dedicaba a copiar o escribir lo que se le dictaba), de 22 años de edad, que desde Cáceres es reclamado por el Comandante del Regimiento de Infantería Segovia número 15, por faltar a la concentración militar. Para que no haya duda en su reconocimiento se presenta una exhaustiva descripción física: “color bueno, pelo negro, cejas negras, ojos pardos, nariz regular, boca regular y barba clara”.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real, nº 86, de 14/07/1920, pág. 4.

VI

Otro ejemplo de llamamiento o edicto se producía a instancias, sobre todo, del Juzgado de Alcázar de San Juan para llevar a buen puerto cualquier expediente administrativo que fuese instruido y que precisaba ser dado a conocer a la población en general para si algún ciudadano entendía debía personarse como implicado en el mismo.

Así, el 27 de mayo de 1922, el Juez Don Álvaro González Arias comunicaba que se estaba instruyendo un expediente para la declaración de herederos de la herenciana fallecida Rafaela Cañadas Yaner, que falleció el día 2 de Abril. En primera instancia eran reconocidos como sus herederos el viudo “de dicha finada” Luís Fernández de la Puebla Moreno y el hermano de la misma Román Fernández Cañadas Yaner, pero por el edicto que daba desde el juzgado se citaba “a los que se crean con igual o mejor derecho a expresada herencia para que comparezcan a reclamarla ante este juzgado en el término de treinta días”.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real, nº 68, de 2/06/1922, pág. 4.

VII

En ocasiones el incidente se debía a una negligencia de algún particular cuyas consecuencias resultaron dramáticas. Es el caso ocurrido en noviembre de 1924, cuando en una dehesa del término vecino de Villafranca de los Caballeros se produjo un incendio en el que llegaron a arden hasta cincuenta hectáreas de terreno.

La noticia daba los siguientes detalles: “En la finca llamada «La Dehesa», de este término municipal, se produjo un incendio con tal incremento que no pudo ser extinguido por el guarda de la misma, habiéndose quemado más de cincuenta hectáreas de terreno de pastos, cuyas pérdidas son de bastante consideración. De las averiguaciones hechas por la benemérita, resulta que el incendio fue intencionado, habiéndose detenido a un pastor llamado Antonio Ramírez Almoguera,natural de Herencia (Ciudad-Real), como presunto autor y puesto a disposición del Juzgado”.

Por venir la noticia de la vecina provincia de Toledo se hizo eco de la misma El Castellano, diario de la capital provincial.

Casos, cosas y requisitorias 13 Fuente: Diario de información El Castellano, Toledo, nº 5290, de 4/11/1924, pág. 3.

VIII

Precisamente de este mismo medio de información nos encontramos con otro caso en 1931. Esta vez el protagonista fue un niño, el herenciano Manuel Álvarez Úbeda, que con trece años pertenecía a una familia de feriantes por lo que en la fecha del suceso estaba domiciliado en el recinto ferial de la capital toledana. El joven Manuel tuvo que ser atendido por una cefalalgia     -dolor de cabeza con sensaciones de pesadez, dolor de cuello, rigidez y debilidad muscular- “producida en accidente en el Río Llano cuando se bañaba”.

El río Llano no era sino una bifurcación del río Tajo a su entrada en la ciudad, por la proximidad del actual estación de autobuses y dando nombre a  la actual Calle del Río Llano.

Casos, cosas y requisitorias 14 Fuente: Diario de información El Castellano, Toledo, nº 6958, de 17/08/1931, pág. 3.

IX

Volviendo a los comunicados llegados desde el Juzgado de Alcázar de San Juan, nos encontramos con el firmado por el juez Don Francisco González Palomino en es que “se cita, llama y emplaza” al herenciano Manuel Almeida Manso, de 29 años, hijo de Luís y Dorotea, soltero y perito mercantil, que había sido procesado por una causa de estafa y que debía de entrar en prisión en el término de diez días.

Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real, nº 11, de  25/11/1932, pág. 4.

X

Como último exponente de estos sucesos donde algún herenciano se ve afectado tenemos uno muy curioso, acaecido en octubre de 1938. Desde la Comisaría del Cuerpo de Seguridad de Alcázar de San Juan se da conocimiento del la desaparición en Alcázar de San Juan del niño Vicente Gómez-Calcerrada Fernández-Cañadas, natural de Herencia y de 10 años de edad. Para favorecer la búsqueda se realiza una descripción detallada del niño: “un metro de estatura, color rubio, delgado, ojos negros, pelado a rape, viste chaquetilla lona con listas de color naranja y verdes, pantalón pana clara, albarcas de goma, camisa con listas azules”. Desde el Gobierno Civil de la provincia de Ciudad Real se encarga a todas las autoridades de las diferentes localidades vecinas “dispongan su busca y detención·

Podemos imaginarnos el sin vivir de esos padres que pierden a su hijo en plena Guerra Civil.

Casos, cosas y requisitorias 15 Fuente: Boletín Oficial de la Provincia de Ciudad Real, nº 120, de 7/10/1938, pág. 4.

Hasta aquí el repaso de diez sucesos de herencianos que traspasaron la frontera local (sucedidos a lo largo de seis décadas a caballo entre el siglo XIX y XX) para trascender a un entorno provincial y comarcal. Pleitos de lo más variados que son episodios de la vida cotidiana en la sociedad del momento y que como indiqué en el inicio conforman esa historia con minúsculas que también debe ser rememorada.

– patrocinadores –

Síguenos en redes

Noticias destacadas

– patrocinadores –

Scroll al inicio