Aprobación definitiva de distintas ordenanzas fiscales: agua, alcantarillado, vehículos y escuela de música

Aprobación definitiva de distintas ordenanzas fiscales: agua, alcantarillado, vehículos y escuela de música

En el Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.) de Ciudad Real, Número 156 del miércoles, 30 de diciembre de 2009 apareció publicada la aprobación definitiva de la modificación de distintas ordenanzas fiscales (distribución y tratamiento de aguas, servicio de alcantarillado, tasa depuración de aguas residuales, escuela de música, e impuestos de vehículos de tracción mecánica), aprobadas inicialmente en sesión plenaria, celebrada el 9 de octubre de 2009, y transcurrido el periodo de información pública, sin que se hayan presentado reclamaciones, por la Alcaldía-Presidencia se dicta Decreto, Núm. 447.09, elevando a definitivo, el acuerdo de aprobación inicial, ordenando su publicación; lo que se hace público para general conocimiento y a todos los efectos previstos en la Ley, por lo que a continuación se transcribe el texto íntegro de las mismas:

«Nº 10.- SERVICIO DE DISTRIBUCIÓN Y TRATAMIENTO DE AGUAS.
Artículo 6.

1- Cuota fija semestral 15,48 euros.

2- Cuota según consumo semestral:

Hasta 19,5 m3 0,38 euros/m3
Desde 19,6 hasta 37,5 m3 0,58 euros/m3
Desde 37,6 hasta 62,5 m3 0,76 euros/m3
Desde 62,6 m3 0,91 euros/m3
Uso Industrial 0,72 euros/m3
Uso en centros educativos 0,72 euros/m3

3 – Derechos de acometida

Conexión normal de ¾ de pulgada 25,42 euros
Por cada ¼ de pulgada más de la normal 9,50 euros.
Se establece una bonificación del 5% sobre el importe total del recibo del agua-alcantarillado a las familias numerosas previa solicitud acreditada documentalmente.

18.- SERVICIO DE ALCANTARILLADO.
Artículo 7.
– Cuota semestral, 0,23 euros por cada m3 de consumo de agua, con una cuota mínima de 8,58 euros.
– Derechos de acometida, 34,52 euros.
– En caso de avería se aplicará un descuento del 50%, respetando la cuota mínima de 8,58 euros.

21.- TASA POR DEPURACIÓN DE AGUAS RESIDUALES.
Artículo 5.

A) Vertidos con tratamiento ordinario (viviendas de carácter residencial):

– Cuota fija: 29,55 euros/anuales.
– Cuota variable: 0,33 euros por m3 de agua suministrada al semestre.

26.- ESCUELA DE MÚSICA.
Artículo 4.
– Lenguaje musical: 19,40 euros/mes.
– Instrumento: 22,70 euros/mes.
– Lenguaje e instrumento: 34,00 euros/mes.
– Lenguaje más dos instrumentos: 44,20 euros/mes.
– Música y movimiento: 34,70 euros/cuatrimestre.
Descuento del 10% a los miembros de las AMPAS, previa solicitud de los  interesados.
Descuento del 10% a los miembros pertenecientes a la Banda de Música Sta. Cecilia de Herencia, previa solicitud y acreditación documental.

IMPUESTOS DE VEHÍCULOS DE TRACCIÓN MECÁNICA.
Se establece la exención a los vehículos históricos de más de 25 años previa  solicitud y acreditación documental».

Lo que se hace público en cumplimiento de lo establecido en los artículos 49 y 111 de la Ley 7/1985, de 2 de abril reguladora de las Bases de Régimen Local y 17.1 del Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de Haciendas Locales.

En Herencia, a 16 de diciembre de 2009.- El Alcalde-Presidente, Jesús  Fernández Almoguera.
Número 8.694

Pdf: B.O.P. Núm 156 de 30 diciembre 2009

Vía: Boletín Oficial de la Provincia (B.O.P.) de Ciudad Real, Número 156 del miércoles, 30 de diciembre de 2009

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