El TSJCM Confirma Suspensión de Apertura de Plicas en Oposición de Gestión Administrativa

La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha ha suspendido temporalmente la apertura de plicas de una prueba práctica relacionada con las oposiciones a la especialidad de Procesos de Gestión Administrativa. Esta medida estará vigente hasta que se emita una sentencia definitiva y afecta al proceso selectivo para ingresar en el Cuerpo de Profesores de Enseñanza Secundaria y en sectores específicos de Formación Profesional mediante el turno libre.

La suspensión cautelar se deriva de medidas urgentes adoptadas previamente el 1 de julio por el mismo tribunal, que ya detuvieron la apertura de plicas de dicha prueba, realizada el 21 de junio. Esto sucedió tras la denuncia de uno de los aspirantes, quien impugnó una decisión de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes que anuló el ejercicio número cuatro de la parte práctica y solicitó repetir las pruebas debido a la redistribución de calificaciones en otros ejercicios.

Según el auto judicial, el tribunal había diseñado cinco ejercicios con puntuaciones variables, asignando dos horas para su resolución. No obstante, el ejercicio cuatro fue anulado porque no se facilitó una hoja guía mencionada en su enunciado. En su lugar, se decidió ajustar la calificación entre los ejercicios restantes.

La demanda argumenta que la anulación del ejercicio cuatro y la redistribución de la calificación violaron los principios de igualdad, mérito y capacidad, ya que la entrega tardía de la hoja guía afectó el tiempo de lectura y resolución. Esto resultó en que uno de los opositores recibiera el documento con 45 minutos de retraso, una situación que no ocurrió en todas las aulas, lo que causó una evidente desigualdad.

El tribunal indicó que, aunque la Junta defendió el cumplimiento de las bases del proceso, no abordó las cuestiones planteadas por el demandante. Por lo tanto, el auto concluye que la anulación de un ejercicio por un error del tribunal genera una desigualdad que justifica la suspensión cautelar de las pruebas, priorizando la seguridad jurídica.

El TSJCM ha reconocido el impacto de esta decisión en los participantes y ha asegurado que se tramitará el procedimiento en el menor tiempo posible.

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